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Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Retención. Sector Industrial Provincial. Incorporación Alícuota. Los agentes de retención del Sector Privado deberán aplicar una alícuota del 0,5% cuando efectúen pagos
Actividades Económicas. Régimen de Recaudación. Acreditaciones Bancarias. Incremento Alícuotas. Se actualizan las alícuotas del Régimen de Recaudación del Impuesto a las Actividades Económicas, adecuado al Sistema de Recaudación y
Actividades Económicas. Régimen de Retención. Entidades Administradoras o Financieras. Incremento Alícuotas. Se incrementa del 3% al 3,6% la alícuota de retención del impuesto a las actividades económicas, a la
Actividades Económicas. Régimen de Percepción. Incremento Alícuotas. Se incrementa del 3% al 3,6% la alícuota general aplicable en la percepción del impuesto a las actividades económicas. Asimismo, se incrementa
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de Retención. Nuevos Sujetos Comprendidos. Se modifica el régimen general de retención en el impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a contribuyentes de
Impuesto a las Ganancias. Régimen de percepción sobre operaciones de exportación definitiva para consumo. Se establece un régimen de percepción en el impuesto a las ganancias aplicable a las
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre las acreditaciones bancarias. Alícuotas. Modificación y Adecuación. Por medio de la presente norma, se introducen modificaciones a los distintos tipos
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Regímenes de retención y percepción. Exclusión. Se establece las condiciones para acceder a los certificados de no retención y/o percepción del impuesto sobre los