Comercialización de granos no destinados a la siembra –cereales y oleaginosas- y legumbres secas –porotos, arvejas y lentejas-. Incremento de los montos no sujetos a retención a partir del 21/09/2016.
Se modifican los montos no sujetos a retención del Impuesto a las Ganancias aplicable al régimen de retención para la comercialización de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas –porotos, arvejas y lentejas-, de la siguiente manera:
- Se incrementa de $ 12.000, a $ 100.000 el monto no sujeto a retención para las operaciones de compraventa, respecto de aquellos sujetos pasibles de la retención del Impuesto a las Ganancias incluidos en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas” –RG (AFIP) 1394-.
- Se incrementa de $ 5.000 a $ 7.500, el monto no sujeto a retención respecto de las comisiones u otras retribuciones provenientes de la actividad de corredores, consignatarios, acopiadores y demás intermediarios, incluidos en el “Registro” e inscriptos en el Impuesto a las Ganancias.
- Respecto de aquellos responsables que acrediten su inscripción en el Impuesto a las Ganancias y estén incluidos en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas”, el monto a retener no podrá ser inferior a $ 225. Vale recordar que anteriormente el mismo era de $ 50.
- Asimismo, cuando se trate de sujetos que realicen operaciones de contratos de futuro resueltos en forma anticipada dentro del término y de contrato de opciones, y acrediten su inscripción en el Impuesto a las Ganancias (independientemente de la inscripción en el Registro), cuentan con un monto mínimo de retención de $ 90.
El mismo monto mínimo de retención resulta aplicable en caso de tratarse de comisiones o retribuciones provenientes de la actividad de corredores, consignatarios, acopiadores y demás intermediarios, inscriptos en el Impuesto y en el “Registro”.
Las disposiciones de la presente Resolución General tienen vigencia desde el 14/09/2016 y son de aplicación a los pagos que se efectúen a partir del 21/09/2016.