Regímenes especiales. Deuda pública. Canje de préstamos garantizados por “Bono de la Nación Argentina en Pesos Badlar Privada + 275 PBS Vto. 2014” ó “Pagaré de la Nación Argentina en Pesos Badlar Privada + 275 PBS Vto. 2014”. Exenciones impositivas.
Mediante la presente R.C. entre la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas de la Nación se establece el canje de instrumentos de deuda del Estado Nacional por “Bonos de la Nación Argentina en Pesos Badlar Privada + 275PBS Vto. 2014” ó “Pagarés de la Nación Argentina en Pesos Badlar Privada + 275PBS Vto. 2014”.
Estos nuevos instrumentos gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.