Régimen de Facilidades de Pago. Alcances.
Se restablece la vigencia del régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución (ME Tucumán) 12/2004. A continuación detallamos los datos más relevantes:
- Comprende a las deudas tributarias correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos, para la salud pública, inmobiliario y a los automotores y rodados, cuyos vencimientos operan entre el 01/02/2013 y el 31/07/2013.
- La presentación de la solicitud de facilidad de pago podrá efectuarse hasta el 10/09/2013.
- La cantidad de pagos parciales no podrán excederse del 31/01/2014.
- Es condición para el otorgamiento de la facilidad de pago tener cumplidas y abonadas en tiempo y forma las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operaron u operen a partir del 01/08/2013 y hasta la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
Las disposiciones de la mencionada Resolución tienen vigencia a partir del 15/08/2013 y son de aplicación desde el 24/08/13.