Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Saldo a favor. Compensaciones con otras obligaciones. Reglamentación.
Se establece que los contribuyentes y responsables podrán solicitar la compensación de sus obligaciones fiscales determinadas, reconocidas y/o exigibles con los saldos a favor correspondientes al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y para la salud pública, de conformidad con los requisitos, plazos y condiciones que se establecen en la presente resolución.
Cabe mencionar que tanto los saldos a favor como las obligaciones a cancelar deben pertenecer a un mismo contribuyente y responsable.
Asimismo, quedan excluidas de la compensación, las deudas originadas en retenciones, percepciones o recaudaciones practicadas y no ingresadas, como así también las deudas hasta las sumas de dinero embargadas.
La solicitud de compensación deberá realizarse a través del formulario F. 953, accediendo, con CUIT y Clave Fiscal, al servicio “Compensaciones de Servicios” de la página web de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 31/07/2018 y son de aplicación a partir del 01/08/2018.