Régimen de recaudación sobre importes acreditados en cuentas bancarias. Exclusión
Se excluye del Régimen de Recaudación sobre importes acreditados en cuentas bancarias -Resolución General (DGR) 20/2003- a los importes que se acrediten en concepto de pago de indemnización debida por causa de distracto laboral y por accidentes, en tanto sean identificables por los conceptos referenciados.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 29/12/2016 y son de aplicación a partir del 02/01/2017.