Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Percepción. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Coeficiente atribuible a Tucumán igual a cero. Alícuota.
Por medio de la presente norma, se establece que los contribuyentes encuadrados en las normas del Convenio Multilateral obligados a actuar como agentes de percepción en el impuesto sobre los ingresos brutos y que posean un coeficiente atribuido a la Provincia de Tucumán igual a cero, deberán percibir aplicando directamente sobre el precio neto la alícuota reducida del 0,175%.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia a partir del 27 de Febrero de 2013, y son de aplicación a partir del 1 de Abril del 2013.