Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Regímenes de retención y percepción. Sujetos excluidos.
Se establece que no serán sujetos pasibles de retención y/o percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos los contribuyentes que acrediten haberse dado de alta en el gravamen en el mes calendario inmediato anterior en el que corresponde realizar la retención y/o percepción.
Cabe mencionar que anteriormente la exclusión procedía solo en el mes correspondiente al alta en el gravamen.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 24/01/2020.