Transacciones con el Estado Provincial. Adecuación del Certificado de cumplimiento fiscal.
Se adecua la Resolución General (DGR) 23/2009, siendo sus principales modificaciones y agregados los siguientes:
- El certificado tendrá una validez de 180 días corridos contados desde la fecha de su emisión y será válido en cualquier procedimiento o acto que celebren los contribuyentes y responsables con organismos centralizados, descentralizados y autárquicos del Estado Provincial.
- Se agrega que quedan excluidos de solicitar la emisión del Certificado de Cumplimiento fiscal los contribuyentes y responsables que acrediten concurrentemente su condición de exentos en virtud del Código Tributario provincial;
- Los contribuyentes y responsables que posean certificados vigentes, podrán solicitar el otorgamiento de uno nuevo con anterioridad a los 20 días, hábiles administrativos de su vencimiento;
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 18/10/2016 y son de aplicación a partir del 01/12/2016.