Código Tributario 2017. Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Domicilio Fiscal Electrónico. Notificaciones. Modificaciones.
Se establecen modificaciones al Código Tributario vigente, entre las cuales destacamos las siguientes:
- Procedimientos:
- Se establece el domicilio fiscal electrónico como un medio válido para el cumplimiento de obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza.
- Se incorpora la posibilidad de que las notificaciones, citaciones, intimaciones de pago u otra comunicación puedan ser practicadas por vía informática.
- Impuesto Sobre los Ingresos Brutos:
- Se incorpora la exención del gravamen a las actividades específicas de radiodifusión sonora y televisiva, excepto, aquellas por suscripción, codificadas, terrestres, satelitales, de circuitos cerrados y toda otra forma que haga que sus emisiones puedan ser captadas únicamente por sus abonados en forma onerosa.
- Impuesto de Sellos:
- Se excluye de la exención del impuesto para las fundaciones constituidas legalmente a las asociaciones civiles, religiosas, culturales, gremiales, artísticas, deportivas y mutuales, siempre que de sus estatutos surja que las actividades que desarrollan no persiguen fin de lucro y que tengan por principal objeto el bien común y aquellas actividades que obtienen sus recursos en todo o en parte del desarrollo habitual de actividades de industrialización y expendio al público de combustible líquido, gas natural y otros derivados del petróleo.
Las disposiciones de la presente ley tienen vigencia desde el 29/12/2016 y son de aplicación a partir del 01/01/2017.