Régimen de Facilidades de Pago. Cancelación al contado o mediante pagos parciales. Restablecimiento.
Se restablece el régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago, establecido por la Ley (PL) 8520 (Ver nuestro Tax Report N° 64 del mes de agosto de 2012), en donde podrán ingresarse las deudas vencidas y exigibles al 31/01/2014.
La presente norma tiene vigencia y es de aplicación a partir del 22/10/2014.