Régimen de Facilidades de Pago. Restablecimiento Ley 8.520.
Se restablece hasta el 29 de agosto de 2014, la vigencia de la Ley 8.520 – Régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago (Ver nuestro Tax Report N° 64 del mes de Agosto de 2012), con las siguientes particularidades:
- Resultan comprendidas las deudas vencidas y exigibles al 31 de enero de 2014 (incluye actualizaciones, intereses, recargos y multas).
- Es condición para la adhesión al presente régimen, que los contribuyentes y responsables hayan abonado y cumplimentado sus obligaciones tributarias respecto de los tributos que se regularicen, dentro del mes en que se suscriban al régimen.
- Se fijan nuevos porcentajes de reducción de intereses que van desde el 40% al 90% según la cantidad de cuotas solicitadas.
La presente ley tiene vigencia y es de aplicación desde el 30/05/2014.