Plan de Facilidades de Pago. Régimen general, excepcional y temporario. Prórroga.
Se prorroga hasta el 22/08/2016 el plazo para acogerse al régimen general, excepcional y temporario de facilidades de pago establecido por la Ley (PL) 8873 para la cancelación total o parcial de aquellos tributos vencidos y exigibles al 31/03/2016, inclusive, cuya recaudación se encuentre a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 29/07/2016 y son de aplicación a partir del 30/07/2016.