Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Agentes de retención y/o percepción. Ingreso de las retenciones/percepciones practicadas. Nuevo mecanismo web para la “boleta de pago”.
Se establece que los agentes de retención y/o percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, ya sean públicos o privados, excepto los incluidos en el sistema SIRCAR, deberán generar el comprobante de depósito con el total de las retenciones o percepciones practicadas, desde el sistema “Boleta de Pago”, disponible en la página web de la Agencia de Recaudación Fueguina (www.aref.gob.ar/serviciosweb).
Para ello, los mencionados agentes deberán informar previamente, mediante nota a la Agencia, nombre, apellido y dirección de correo electrónico de los responsables designados, con el objetivo de proporcionarles una clave de acceso al área de servicios.
Asimismo, se establece que los agentes de retención y percepción deberán ingresar en forma global el total de las retenciones y percepciones practicadas mensualmente, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, por medio de la citada Boleta de Pago en el Banco Provincia de Tierra del Fuego, exclusivamente.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 01/09/2016 y son de aplicación a partir de la presentación de la declaración jurada correspondiente al período septiembre de 2016.