Procedimiento. Emergencia administrativa de la Agencia de Recaudación Fueguina. Derogación de la suspensión del plazo administrativo procedimental.
Se deroga la declaración de emergencia administrativa establecida por la Resolución General (AREF) 67/2016 (Ver nuestro Tax Report Nº 108 del mes de abril de 2016). Recordamos que por la misma se suspendían todos los plazos administrativos y los vencimientos de las declaraciones juradas, excepto las del Convenio Multilateral.
En consecuencia, se reanudan todos los plazos de los procedimientos en curso que habían sido suspendidos durante la emergencia administrativa, y se establecen las fechas de vencimiento de las distintas obligaciones tributarias.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 30/05/2016 y son de aplicación a partir del 31/05/2016.