Procedimiento. Certificado de cumplimiento fiscal. Validez.
Se establece que los certificados de cumplimiento fiscal emitidos para ser presentados ante agentes de recaudación, tendrán validez para cualquier otro trámite siempre y cuando hayan abonado la tasa retributiva de servicio respectiva, debiendo acreditarse con la copia de la boleta de pago pertinente.
Los certificados de cumplimiento fiscal emitidos para la realización de cualquier otro trámite, tendrán validez para ser presentados ante los agentes retención, percepción e información.
La presente resolución entra en vigencia a partir del 4 de Septiembre de 2013 y es de aplicación desde la misma fecha.