Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Exenciones.
Se incorpora como sujetos exentos del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes que estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y cumplan con las pautas vigentes al respecto.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 04/07/2014 y son de aplicación a partir del 05/07/2014.