Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de retención. Sistema Único de Agentes de Retención e Información. Modificación RG (DGR Sgo. del Estero) 21/2007.
A través de la mencionada resolución, se modifica la RG (DGR Sgo. del Estero) 21/2007, referida al “Régimen Unificado de Agentes de Retención y/o Percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos”.
Los cambios más significativos son:
- Se eleva de $1.500 a $2.000 el monto mínimo no sujeto a retención, salvo para la actividad primaria en donde se eleva a $5.000.
- Se eleva de $480.000 a $600.000 el monto facturado anual, para el caso de los sujetos que deben cumplir la condición de superar determinado monto anual para ser agente de retención y/o percepción.
- Se disminuye de 10 a 5 la cantidad de empleados en relación de dependencia, para el caso de los sujetos que deben cumplir la condición de superar determinada cantidad de empleados en relación de dependencia para ser agente de retención y/o percepción.
La citada resolución entrará en vigencia a partir del 01/01/2013.