Procedimiento. Prescripción. Interrupción. Modificación.
Mediante la citada Ley, se interrumpe el plazo de la prescripción por cualquier acto o actuación administrativa emanada de la Autoridad de Aplicación a través de sus distintas dependencias, áreas o sectores, que tienda a la determinación de la obligación tributaria o a obtener el pago del tributo, siempre que se notifique al deudor o por demanda judicial.
Esta disposición tiene vigencia desde el 22/04/2013 y aplicación a partir del 03/05/2013.