Defraudación fiscal. Multa.
Se establece que en ningún caso la multa por defraudación fiscal podrá ser inferior a los $ 150.000.
La disposición de la presente Ley entra en vigencia desde el 14/12/2020 y es de aplicación a partir del 30/12/2020.
Se establece que en ningún caso la multa por defraudación fiscal podrá ser inferior a los $ 150.000.
La disposición de la presente Ley entra en vigencia desde el 14/12/2020 y es de aplicación a partir del 30/12/2020.
Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.
Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.
Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.
Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.