Procedimiento. Modificación. Tasas de interés resarcitorio para deudas tributarias.
Se modifican las tasas de interés resarcitorio aplicable a los pagos fuera de término fijándose la misma al 3% mensual.
Adicionalmente, se establecen las tasas de interés mensual para convenio de pago comunes las cuales irán desde 1,5% a 2,5% dependiendo la cantidad de cuotas del plan. En caso de deudas en gestión judicial, dicha tasa se incrementará a 4%.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 01/05/2014.