Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Retención y Percepción. Modificaciones.
Se modifican los regímenes de retención y percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, estableciéndose nuevos montos mínimos a partir de los cuales corresponderá actuar como agentes de retención y/o percepción de impuesto.
A continuación exponemos las modificaciones a los mencionados regímenes:
1. Quedan exceptuados de actuar como agentes de retención:
- Los responsables con asiento en la Provincia de Santa Fe, cuyos ingresos atribuibles a la provincia de Santa Fe obtenidos en el año calendario inmediato anterior no superen los $ 12.000.000. Cabe mencionar que con anterioridad a la sanción de la presente resolución, el límite era de $ 9.000.000.
- Los demás responsables cuyos ingresos brutos atribuibles a la provincia de Santa Fe obtenidos en el año calendario inmediato anterior no superen los $12.000.000. Cabe mencionar que dicho límite era de $ 9.000.000.
2. Quedan exceptuados de actuar como agentes de percepción:
- Los responsables cuyos ingresos brutos atribuibles a la provincia de Santa Fe, en el año calendario inmediato anterior y excluido el IVA, no superen los $12.000.000. Cabe mencionar que antes de la sanción de la presente resolución, dicho límite era de $ 9.000.000.
La presente norma tiene vigencia y es de aplicación desde el 01/01/2015.