Procedimiento. Código de Operación de Traslado (COT). Traslado de bienes en el territorio provincial.
El COT deberá ser obtenido por aquellos sujetos obligados a emitir los comprobantes que respalden las operaciones de traslado y entrega de bienes y productos primarios o manufacturados, que por cualquier medio y/o vía de transporte efectúen el traslado de mercadería en el ámbito de la Provincia de Santa Fe y siempre que el lugar de origen y/o destino del mismo se encuentren ubicados dentro de la Provincia.
El Código al que se hace mención podrá ser generado por los sujetos obligados mediante carga manual o a través del sitio web de la Administración (www.santafe.gov.ar/api).
El incumplimiento será pasible de la aplicación de la multa por infracción a los deberes formales de $ 2.000.
La presente resolución tiene vigencia desde el 18/11/2014 y es de aplicación a partir del 19/11/2014.