Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Exclusiones.
Se excluyen ciertas operaciones del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Entre las mismas destacamos:
- Restitución de fondos provenientes de embargos y debitados en las cuentas bancarias.
- Transferencias provenientes del exterior.
- Transferencias producto de la venta de inmuebles u otros bienes registrables, cuando el vendedor no resulte habitualista.
- Transferencias de fondos en concepto de pagos de siniestros, ordenadas por las compañías de seguros.
- Trasferencias por aportes de capital a cuentas de personas jurídicas.
La presente resolución entra en vigencia desde el 19/09/2018 y es de aplicación a partir del 01/10/2018.