Impuesto sobre los Ingresos brutos. Impuesto de Sellos. Tasas retributivas de servicios. Extensión del plazo para los contribuyentes que deban inscribirse como agentes de retención y/o percepción.
Se prorroga hasta el día 30 de junio de 2015 el plazo para la inscripción como agentes de retención y/o percepción de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos y tasas retributivas de servicios, para los contribuyentes que, teniendo la obligación de hacerlo, no se hayan inscripto como tales.
Al respecto, tales sujetos deberán formalizar la inscripción mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Formulario 1034 o 1060 según se trate del impuesto sobre los ingresos brutos o impuesto de sellos y/o tasas retributivas de servicios,
- Documentos exigidos para dichos trámites publicados en el sitio web de la Provincia de Santa Fe (www.santafe.gov.ar/tramites).
Los contribuyentes que regularicen dicha inscripción hasta la fecha mencionada en el primer párrafo, no serán pasibles de aplicación de multas por infracción a los deberes formales.
La presente norma tiene vigencia y es de aplicación a partir del 04/05/2015.