Ley Impositiva 2020. Código Fiscal. Modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Creación.

 

Se establecen las nuevas alícuotas aplicables para el Impuesto Inmobiliario, Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos e Impuesto Automotor correspondiente al periodo fiscal 2020.

Por otro lado, se realizan diversas modificaciones al Código Fiscal de la provincia.

En lo referido al Impuesto Inmobiliario, se incrementa tanto el impuesto rural como el impuesto urbano y suburbano en relación al calculado para el periodo fiscal 2019.

Asimismo, se establece que el impuesto determinado para el periodo fiscal 2020 no podrá superar el 65% del impuesto calculado para el periodo fiscal 2019.

 En relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, además de incrementarse el impuesto mínimo a abonar para todas las actividades, se mantiene la alícuota básica general en 4,50%

Por otro lado, se establece que la misma se incrementara al 5,00% en la medida que los ingresos brutos del periodo fiscal anterior superen el monto máximo para que el contribuyente pueda ser considerada una Mediana Empresa -Tramo II- en los términos de la Resolución General (SEyPyME) 563/2019 y sus modificatorias (Ver nuestro Tax Report N° 144 del mes de diciembre de 2019).

Asimismo, se incrementa el tope de ingresos máximos a los fines de encontrarse exento del impuesto en caso de tratarse de contribuyentes que realicen actividades industriales en general en el periodo fiscal inmediato anterior, pasando de $64.000.00 a $80.000.000.

Adicionalmente, se establece una alícuota de 2,00% para la Actividad industrial de transformación de cereales y oleaginosas y una alícuota de 5,50% para las efectuadas por entidades financieras comprendidos en la Ley Nacional (P.L.) 21.526 cuando el total del haber de las cuentas de resultados resulte inferior a $ 4.500.000.000. En el caso de superar dicho monto, la alícuota se incrementará al 7,00%.

En otro orden de ideas, en el Impuesto de Sellos se mantienen las alícuotas correspondientes al periodo fiscal 2019 y se incrementa de $0,50 a $0,75 el Módulo Tributario (M.T.).

Por último, se crea un régimen de regularización tributaria para obligaciones tributarias, tasas y contribuciones provinciales, así como también para los intereses y multas que hubieran sido devengadas hasta el 30/11/2019.

No podrán adherirse al presente régimen los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios, los agentes de recaudación comprendidos en el sistema SIRCREB, por retenciones/percepciones no practicadas, ni los agentes de recaudación que hubieran practicado la retención o percepción y sus importes no fueron ingresados al Fisco.

Asimismo, se dispone que podrán adherirse al presente las obligaciones que se encuentren intimadas, en proceso de determinación, o en procesos judiciales.

Al monto de las obligaciones que se regularicen, se le adicionara un interés simple mensual del 2,00% contado a partir de su fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización del plan de pago.

Por otro lado, la cancelación podrá efectuarse al contado obteniendo un beneficio de reducción de intereses del 70% o en hasta 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual de hasta 2,50% aplicable sobre los saldos.

Por último, la primera cuota se abonará al momento de proponer el respectivo plan de pago, y la cuota mensual no podrá ser inferior a $300 salvo que se trate de obligaciones del impuesto inmobiliario o impuesto automotor la cual se fija un mínimo de $150.

Las disposiciones de la presente Ley entran en vigencia el 15/01/2020 y son de aplicación a partir del 01/01/2020, con excepción al régimen de facilidades de planes de pago cuya entrada en vigencia es a partir del primer día hábil del mes siguiente a la fecha de su reglamentación por parte de la Administración Provincial de Impuestos.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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