Santa Cruz. Ley (Poder Legislativo) 3455 – B.O

Plan de Facilidades de pago. Régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas tributarias que hubiesen operado hasta el 30/8/2015.

 

Se establece un régimen especial de presentación espontánea y regularización de obligaciones correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos, impuesto de sellos, impuesto al derecho real de propiedad inmobiliaria minera, impuesto inmobiliario rural, impuesto sobre rifas y/o juegos de azar y tasa de pesca, sus intereses, multas y actualizaciones, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada, de corresponder, y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 30/8/2015.

Se podrán incluir en el presente régimen todas las obligaciones no ingresadas, incluidos los importes retenidos o percibidos y no ingresados o por las retenciones y/o percepciones no efectuadas, exteriorizadas o no, provenientes de declaraciones juradas, determinaciones y liquidaciones administrativas, anticipos, pagos a cuenta, incluso las que se encuentren en curso de discusión administrativa o judicial, al 30 de agosto de 2015, siempre y cuando el contribuyente se allane total e incondicionalmente y, en su caso, desista y renuncie a toda acción y derecho, incluso el de repetición, asumiendo el pago de las costas y  gastos causídicos.

En cuanto a los beneficios que genera el presente plan podemos mencionar:

  • Reducción de intereses resarcitorios y punitorios, siempre que no hayan sido pagados o cumplidos con anterioridad a la fecha de acogimiento a esta ley, de acuerdo a la forma de pago elegida:
      • Pago al contado: Reducción del 60%.
      • Pago de hasta 12 cuotas: Reducción del 40%.
      • Pago en 13 y  hasta 24 cuotas: Reducción del 30%.
      • Pago en 25 y hasta 36 cuotas: Reducción del 20%.
      • Pago en 37 y  hasta 48 cuotas: Reducción del 10%
      • Pago en 48 y hasta 60 cuotas: No hay reducción.
  • Condonación de las multas y demás sanciones, firmes o no, que no hayan sido pagadas o cumplidas con anterioridad a la fecha de acogimiento de esta ley.

En este sentido sólo podrán obtener estos beneficios todos los contribuyentes y responsables que se adhieran al presente régimen. En el caso particular de los agentes de retención y percepción, por los importes retenidos o percibidos y no ingresados o por las retenciones y/o percepciones no efectuadas, podrán cancelar las obligaciones sólo hasta en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin gozar de los beneficios antes mencionados.

A continuación, se destacan las condiciones particulares que deberá reunir el presente plan de facilidades de pago:

  • La adhesión al Régimen deberá formalizarse dentro de los 60 días de su puesta en vigencia y podrá solicitarse por única vez y respecto de cada impuesto alcanzado por este Régimen.
  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, la que cancelará el 7% del total de la deuda consolidada.
  • El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 500.
  • La cantidad máxima de cuotas será de 60 y se cancelaran mediante débito bancario.
  • La tasa de interés de financiamiento será del 1,90% mensual.
  • Las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones tributarias, de corresponder, por las cuales se solicita financiamiento deberán encontrarse presentadas a la fecha de adhesión al presente régimen.

Por otro lado, en lo que respecta a la caducidad del plan, la misma operará de la siguiente manera:

  • La falta de cancelación de dos cuotas, consecutivas o alternadas, a los 30 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.
  • La falta de cancelación de una cuota a los 30 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Por último, cabe resaltar que el plazo de acogimiento al mencionado régimen especial será dentro de los 60 días de su puesta en vigencia.

La presente Ley tiene vigencia desde el 9/12/2015 y es de aplicación a partir del 14/12/2015.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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