Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Mecanismo de devolución del SIRCREB.
Se establece que los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos podrán solicitar la devolución y acreditación de las retenciones del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) que hayan sufrido, cuando:
- No fuera posible ser trasladado a los períodos siguientes.
- No pudieran ser compensadas.
- Se corresponda a situaciones especiales no gravadas por el sistema de retención.
- Se ha cesado en sus actividades.
En ese sentido, es condición indispensable no poseer deuda tributaria con la Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz, a la fecha de la solicitud.
La mencionada disposición tiene vigencia y es de aplicación a partir del 01/10/13.