Procedimiento. Régimen de Información. Creación.
Se crea un régimen de información para los sujetos de derecho que intervengan en operaciones económicas relativas a actos, contratos u operaciones que puedan constituir o modificar hechos imponibles de los tributos cuya fiscalización, determinación y recaudación se encuentran a cargo de la Secretaria de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz.
Asimismo, el organismo fiscal dará a conocer, mediante la emisión de la respectiva disposición, la nómina de los sujetos que en lo sucesivo se incorporen al presente régimen de información, como así también los requisitos y demás formalidades del presente.
El incumplimiento parcial o total del presente régimen hará al sujeto pasible de las sanciones que al respecto establece el código fiscal de la Provincia.
Cabe mencionar, que la presente norma tiene vigencia a partir del 10 de Octubre de 2013 y es de aplicación a partir del 11 de Octubre de 2013.