Ingresos Brutos. Certificado de Reconocimiento. Exenciones. Procedimiento.
A partir de la presente Disposición se establecen los procedimientos para que los contribuyentes del impuesto a los ingresos brutos puedan obtener el certificado de reconocimiento de las exenciones establecidas por el Código Fiscal.
Para poder solicitar el certificado se deberá contar con las inscripciones de AFIP y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tener actualizada la información societaria y jurídica (mes de cierre, actividades), tener actualizado el domicilio fiscal, presentadas las ultimas 12 declaraciones juradas y otros que la Secretaria estime pertinentes.
Cuando resulte procedente el reconocimiento se emitirá un “Certificado de reconocimiento de la exención”, el cual podrá ser renovado siempre que se verifique el cumplimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y otra documentación que pueda solicitar la Secretaria.
Por último, mencionamos que si se comprobaran irregularidades la Secretaria podrá dejar sin efecto el certificado emitido.
La mencionada disposición entró en vigencia desde el 26/12/2012.