Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Modificaciones al Régimen General de Retención e Información.
Se introducen modificaciones al régimen general de retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -Resolución General (DPIP) 6/2010 (Ver nuestro Tax Report N° 35 del mes de marzo de 2010)-, estableciéndose que actuaran como agentes de retención los siguientes:
- Las empresas que hubiesen obtenido en el año calendario anterior ingresos brutos por un importe anual igual o mayor a $ 25.000.000 con relación a los pagos que realicen respecto de las operaciones de compra y/o adquisiciones de cosas muebles, locaciones de obras, de cosas o de servicios y prestaciones de servicios que les fueran efectuada.
- Las terminales e importadores de automóviles y los importadores y fabricantes de motovehículos, deberán retener sobre la comisión abonada a sus concesionarios.
- Los desarrolladores de proyectos urbanos deberán retener por los pagos que efectúen a profesionales, contratistas y demás prestadores de bienes y/o servicios.
- Las empresas que efectúen pagos a distribuidores o prestadores de servicios de cable, internet y/o telefonía, con relación a las cobranzas realizados en virtud de ventas y/o recargas, siempre que el servicio fuera prestado dentro del territorio de la Provincia de San Luis.
- A los efectos de practicar la retención, el importe determinado se incrementa de $ 100 a $ 300 por cada pago.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 25/11/2016 y son de aplicación a partir del 01/01/2017.