Facilidades de pago. Sistema de regularización tributaria. Reglamentación.
Por medio de la presente norma se adecua la reglamentación del plan de regularización tributaria por obligaciones incumplidas al 30/04/2011.
Es condición indispensable para el acogimiento al régimen de facilidades de pago, que el contribuyente realice dentro de los 3 días hábiles de solicitado el acceso al mismo, una entrega inicial del 5% del importe de la deuda.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 03 de octubre de 2012 hasta el 18 de diciembre de 2012 (fecha límite para acogerse al presente régimen).