Ingresos Brutos. Transporte colectivo de personas. Transporte jurisdiccional e interjurisdiccional de cargas. Reducción de alícuotas. Requisitos y condiciones.
La Dirección General de Rentas (en adelante DGR), establece los requisitos y procedimientos a seguir para acceder a la reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecida por la ley impositiva, para el caso de empresas radicadas en la Provincia y que desarrollen la actividad de transporte colectivo de personas y el transporte jurisdiccional e interjurisdiccional de cargas.
En este sentido, a continuación se detallan los requisitos que se deberán cumplir para acceder a dicho beneficio:
- Denunciar ante la DGR todos los inmuebles y vehículos de su propiedad.
- Radicar en la Provincia de San Juan todos los vehículos de su propiedad. En el caso de contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral, deberán radicar en la Provincia los vehículos afectados a las actividades desarrolladas en esta Jurisdicción.
- Tener cancelados los siguientes impuestos, y presentadas las Declaraciones Juradas de:
- El Impuesto inmobiliario y a la radicación de automotores, de los inmuebles y automotores de su propiedad. En caso de tener el contribuyente planes de facilidades de pago en cuanto a dichos impuestos, la reducción corresponderá siempre que no opere la caducidad de los planes.
- El Impuesto sobre los ingresos brutos, incluidas las declaraciones juradas que le correspondan como agentes de retención y/o percepción del impuesto.
- El Impuesto de sellos, dentro de los quince días de generado el hecho imponible.
En el caso de no cumplir con este último requisito en tiempo y forma, los contribuyentes perderán el beneficio de reducción de alícuotas hasta tanto no regularicen su situación.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 07/01/2016, y son de aplicación a partir del 08/01/2016.