Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Exclusión al Régimen de Recaudación sobre acreditaciones bancarias.
Se establece que las operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Municipalidades, como así también aquellos que correspondan a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria se encuentran excluidos del Régimen de Recaudación sobre acreditaciones bancarias del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La presente norma tiene vigencia desde el 25/11/2015 y es de aplicación a partir del 26/11/2015.