La resolución 36/2012 determina la tasa mensual de interés punitorio para el pago de las obligaciones tributarias en un 4,5%.
La referida tasa es la que se encuentra prevista en el artículo 43 bis, Apartado A), inciso h), punto 2), de la ley 3908 y sus modificatorias y será aplicable a partir del 1/2/2012.