Creación del Complejo Ambiental San Juan. Beneficios impositivos.
Se crea el Complejo Ambiental San Juan, el que estará integrado por el Parque de Tecnologías Ambientales, el Centro de Interpretación Ecoparque “Anchipurac” y el Parque Tecnológico Ambiental Regional.
Dicho complejo estará administrado por la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Asimismo, a los fines de promover la instalación de empresas en el mencionado complejo, se disponen los siguientes beneficios:
- Exenciones impositivas: los adjudicatarios de lotes o parcelas de los parques o áreas constituidos al amparo de la presente ley quedan eximidos por el término de 10 años a partir de su entrada en vigencia:
- Del pago de los impuestos inmobiliarios que graven al lote adjudicado y;
- Del Impuesto de Sellos que graven las transacciones que se realicen con motivo de la adjudicación y de la explotación industrial que se trate.
- Exención de tasas y contribuciones municipales.
- El Estado provincial a través de la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación u organismo que lo reemplace en el futuro, gestionará financiamiento ante el Estado Nacional y ante otros organismos internacionales.
- Los proyectos seleccionados por la comisión, que acrediten los requisitos que establezcan los organismos públicos o privados, gestionarán aportes no reembolsables, créditos u otros incentivos financieros.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 22/08/2016 y son de aplicación a partir del 01/09/2016.