Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción. Exclusión de agentes.
Se excluye de la obligación de actuar como agentes de percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, establecido por la Resolución General (DGR) 6/2005, a los sujetos cuya actividad sea la producción de bienes y a los comerciantes mayoristas de todo tipo de bienes inscriptos como monotributistas ante la AFIP.
La presente resolución general entra en vigencia desde el 22/02/2018 y es de aplicación a partir del 01/03/2018.