Procedimiento. Calificador de riesgo fiscal. RG (DGR Salta) 8/2010. Categorización de contribuyentes. Matriz de riesgo. Domicilio inexistente.
A través de la presente norma, se adiciona a la matriz de riesgo fiscal (la cual figura en el artículo 4 de la Resolución General 8/2010) un nuevo parámetro de riesgo, determinado por el “Domicilio Fiscal declarado según artículo 20 del Código Fiscal”, el cuál se identificará en dicha matriz con el item E).
Las disposiciones de la presente norma tendrán vigencia a partir del 19 de Noviembre de 2012, y serán de aplicación a partir del 01 de Diciembre de 2012.