Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Presentación de Declaraciones Juradas. Inoperatividad de la página web.
Se establece que ante fallas o inoperatividad de la página web de la Dirección General de Rentas de la provincia, los contribuyentes y/o responsables deberán efectuar la presentación de sus declaraciones juradas mensuales el día hábil inmediato siguiente al del restablecimiento del sistema.
La disposición de la presente norma tiene vigencia y es de aplicación a partir del 21/11/2016.