Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción. Modificación a los montos mínimos y alícuotas.
Se establecen modificaciones al Régimen General de Percepciones del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -RG (DGR) 06/2005-, en cuanto a los sujetos obligados a actuar como agentes, las alícuotas y montos mínimos a percibir.
En este sentido, se dispone que serán también agentes todos los sujetos que realicen la actividad de producción de bienes fuera de la provincia, excepto para las ventas a consumidores finales.
Asimismo, se establece que aquellos contribuyentes que tributan a una alícuota diferencial inferior a la general deberán ser percibidos a dicha alícuota.
Por último, se otorga un plazo de 60 días corridos, contados a partir del 23/12/2017 -vigencia de la Ley (PL) 8.064-, a los agentes de percepción, para adecuar sus sistemas a las nuevas alícuotas, en virtud de dicha ley, debiendo durante dicho plazo aplicar las normas vigentes al 31/12/2017.
La presente resolución entra en vigencia desde el 02/01/2018 y es de aplicación a partir del 01/01/2018.