Actividades económicas. Categorización de contribuyentes por grado de cumplimiento.
Se dispone la calificación fiscal de los contribuyentes y/o responsables del Impuesto a las Actividades Económicas, teniendo en cuenta el cumplimiento de sus deberes formales y materiales.
Se determinan cuatro niveles de calificación fiscal:
- Nivel A – Sin riesgo fiscal (SR).
- Nivel B – Bajo riesgo fiscal (RB).
- Nivel C – Medio riesgo fiscal (RM).
- Nivel D – Alto riesgo fiscal (RA).
La conducta fiscal se calificará trimestralmente y se aplicará a partir del décimo día del mes inmediato siguiente al de la calificación.
Los Agentes de Retención y/o Percepción y/o Recaudación deberán consultar el nivel de riesgo fiscal asignado a sus proveedores y/o clientes a través de la página web de la Dirección General de Rentas (www.dgrsalta.gov.ar). Asimismo, los contribuyentes y/o responsables también podrán consultar su nivel de riesgo fiscal a través de la misma página web.
La presente norma será de aplicación a partir del 01/10/2016.