Actividades económicas. Sistema de pago a cuenta. Transporte de bienes y mercaderías.
Se establece un sistema de pago a cuenta del impuesto a las actividades económicas respecto de las personas físicas y/o jurídicas a las que se les atribuya el hecho imponible y que transporten bienes o mercaderías cuyo destino de comercialización sea la Provincia de Salta.
El Anexo I de la presente norma detalla los rubros de las mercaderías sujetas al mencionado sistema de pago a cuenta.
En el momento en que ingresa la mercadería a la Provincia de Salta deberá abonarse el pago a cuenta. Su liquidación podrá realizarse a través de la página web de la Dirección General de Rentas (http://www.dgrsalta.gov.ar) utilizando clave fiscal.
El contribuyente podrá general un Pago a Cuenta WEB a su nombre o a nombre de un tercero, para lo cual se confeccionará el formulario F.722 y F.722/T. Dichos formularios deberán abonarse dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su generación.
La base de cálculo del pago a cuenta se determinará teniendo en cuenta el importe consignado en la factura o documento equivalente, siempre que dicho valor no supere al valor indicado en el Anexo II de la presente norma. La alícuota aplicable oscila entre el 1% y el 6% dependiendo del tipo de sujeto obligado.
Cabe mencionar que, la liquidación del pago a cuenta vía web presenta alícuotas menores que si se abonase en los puestos de control.
La presente norma será de aplicación a partir del 01/09/2016.