Régimen de Sinceramiento Fiscal. Adhesión. Impuesto especial fijo provincial.
Se establece la adhesión de la Provincia de Salta al Régimen de Sinceramiento Fiscal, dispuesto por la Ley (PLN) 27260.
En ese sentido, los contribuyentes que exterioricen voluntariamente la tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes, en el país y en el exterior, conforme las disposiciones de la Ley (PLN) 27260 quedarán sujetos a los siguientes beneficios:
- La liberación de las acciones penales tributarias por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieren origen en los bienes y tenencias que se declaren, y de las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial, teniendo en cuenta que la determinación de oficio no se encuentre firme al 08/09/2016.
- No se deberá abonar el Impuesto a las Actividades Económicas correspondiente al monto de los hechos imponibles verificados, como asimismo sus intereses y multas.
- No se deberá ingresar el Impuesto de Sellos que pudiera devengarse por aplicación de la Ley (PLN) 27260 y de la presente.
- Dicha exteriorización no podrá ser utilizada para presunciones sobre base imponible.
- No serán aplicables los regímenes de retención o percepción bancaria por los depósitos en moneda nacional y extranjera.
Adicionalmente, se establece un impuesto especial fijo equivalente al 10% del impuesto que correspondiera abonar en los términos de la Ley (PLN) 27260.
Dicho impuesto no deberá ser abonado si se opta por afectar los fondos exteriorizados a la adquisición de los bonos emitidos por el Estado Nacional y/o de las cuotas partes de los fondos comunes de inversión regulados por la Ley (PLN) 24083 y la Ley (PLN) 26831, previstos en el artículo 42 de la Ley (PLN) 27260.
Adicionalmente, tampoco se deberá ingresar el impuesto especial provincial cuando los fondos exteriorizados se inviertan en proyectos de inversión productiva, inmobiliarios, energéticos, que favorezcan el desarrollo de la economía local, y que generen nuevos puestos de trabajo en la Provincia de Salta.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 04/10/2016 y son de aplicación a partir del 05/10/2016.