Procedimiento. Categorización de riesgo fiscal. Sustitución.
Se modifican los parámetros aplicables a los fines de la categorización de los contribuyentes o responsables en la matriz de riesgo fiscal de la siguiente manera:
- Se considerarán contribuyentes o responsables de riesgo fiscal medio quienes registren deuda vencida y exigible, cuyo monto total oscile entre $10.000 y $200.000.
- Se consideran contribuyentes o responsables de riesgo fiscal bajo quienes registren deuda vencida y exigible cuyo monto no supere los $10.000.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde su firma y son de aplicación a partir 05/07/2018.