Régimen especial de facilidades de pago para deudas vencidas al 30/06/2020.
Se dispone la creación de un Régimen Especial de Facilidades de Pago para aquellos tributos cuya recaudación compete a la ART local por deudas vencidas al 30/06/2020.
Se indica que es admisible la inclusión de simples deudas vencidas, planes de pago caducos, deudas en cobro por ejecución fiscal y deudas homologadas en procesos concursales, con la condición requerida de que el vencimiento opere hasta el 30/06/2020, y que el interesado proceda a allanarse a la pretensión fiscal y formalizar la renuncia de toda acción o derecho vinculado.
Como opciones del plan se establecen 5 posibilidades, las cuales se determinan por el número de cuotas iguales y consecutivas, las cuales no podrán ser inferiores a la suma de $ 500, interés de financiación calculado en base a la tasa de financiación provincial de deudas fiscales y la remisión de intereses resarcitorios y multas. Las mismas se conforman de la siguiente manera:
Inciso | Número de Cuotas | Interés de Financiación | Liberación de Interés Resarcitorio | Liberación de Multas |
a) | Hasta 6 cuotas | N/A | 50% | 100% |
b) | Hasta 12 cuotas | N/A | 30% | 50% |
c) | Hasta 24 cuotas | 50% | 15% | 25% |
d) | Hasta 36 cuotas | 50% | 10% | 10% |
e) | Hasta 36 cuotas | N/A | 50% | 100% |
Se establecen como condiciones especiales las siguientes:
- El plan a que hace mención el inciso e), sólo incluirá deudas vencidas correspondientes al periodo transcurrido entre el 01/04/2020 y el 30/06/2020.
- En el caso de deudas judiciales y honorarios solo corresponderán los planes de los incisos a) y b) del susodicho artículo.
Se indica como información de relevancia que, una vez confeccionado el plan, la primera cuota vencerá en un plazo máximo de 10 días. Asimismo, se determina que las cuotas vencerán el día 20 de cada mes y que la caducidad del plan operará plenamente a partir del incumplimiento de dos cuotas o la constatación de una cuota impaga habiendo transcurrido 60 días desde el vencimiento de la última cuota del plan.
Las disposiciones de la presente Resolución entran en vigencia desde el 10/08/2020 y son de aplicación a partir del 04/08/2020.