Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Nueva exclusión. Contribuyentes directos y de Convenio Multilateral.
Se establece que se encontrarán excluidos del Régimen de recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias, aquellos importes que se acrediten como consecuencia de operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Municipalidades, como así también aquellos que correspondan a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria.