Incentivos Fiscales. Medidas de alivio fiscal.
Se dispone la suspensión por el término de 60 días del pago de las cuotas de planes de facilidades de pago en concepto del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos tanto para contribuyentes locales como para los alcanzados por las normas del Convenio Multilateral.
Asimismo, se establece igual plazo de suspensión para la iniciación y gestión de intimaciones administrativas por falta de presentación o pago de cualquiera de los impuestos bajo la órbita provincial, con excepción de incumplimientos comerciales y de deberes formales.
Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia desde el 01/06/2020 y son de aplicación a partir del 19/05/2020.