Impuesto de Sellos. Contratos de participación público-privada. Exención.
Se dispone la exención en el Impuesto a los Sellos de los contratos y subcontratos necesarios para instrumentar los proyectos a ser ejecutados dentro de la provincia de Río Negro en los que el Estado nacional o provincial actúe como sujeto contratante, adhiriéndose la provincia de este modo al Régimen de contratos de participación público-privada -Ley (PLN) 27.328-.
La presente norma entra en vigencia desde el 04/06/2018 y es de aplicación a partir del 12/06/2018.