Ley Impositiva. Alícuotas y Montos Fijos.
Se establecen las alícuotas a aplicar en los distintos tributos a cargo de la Provincia, para los Períodos Fiscales 2018 a 2022.
Asimismo, se establecen incentivos por cumplimiento fiscal.
En este sentido, entre las principales modificaciones con respecto al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, destacamos que se eliminan los incrementos diferenciales de las alícuotas cuando el contribuyente posea la sede de producción en una extraña jurisdicción.
Asimismo, con relación a las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, destacamos las siguientes modificaciones:
- Se reduce de 1,8% al 1,5%, la alícuota para las actividades industriales, para el período fiscal 2018, disminuyendo, a su vez, hasta llegar al 0% en 2022.
- Se incrementa de 3% al 5% la alícuota para las actividades de comercialización mayorista y minorista, la cual se mantiene hasta el 2022.
- Con relación al incentivo por cumplimiento fiscal, se establece una bonificación sobre el impuesto determinado para los contribuyentes que encuadren como MiPyMEs y cumplan con determinados requisitos, entre ellos, tener pagadas y presentadas las declaraciones juradas de los últimos años.
Por último, respecto al impuesto de Sellos, podemos destacar las siguientes modificaciones:
- Se reducen las alícuotas por constitución de hipotecas, ampliación y prorroga de las mismas, del 1,5% al 0,5%, al igual que para la constitución, transmisión o modificación de otros derechos reales sobre inmuebles, como el usufructo, uso y habitación, que pasan de 1,5% a 0,75%.
La presente ley entra en vigencia desde el 04/01/2018 y es de aplicación a partir del 01/01/2018.