Ley impositiva 2014.
Se estipulan las alícuotas y valuaciones fiscales para el ejercicio 2014.
Si bien, en general, no se modifican las alícuotas aplicables al impuesto sobre los ingresos brutos, la norma establece un incremento en el tope de ingresos vigente para la aplicación de alícuotas diferenciales, siendo el nuevo límite $36.000.000.
Adicionalmente, la norma incorpora una nueva alícuota diferencial del impuesto sobre los ingresos brutos, para determinadas actividades de comercialización y construcción, a partir de ingresos obtenidos en el ejercicio anterior mayores a $100.000.000, la cual será de 3,8%
La presente ley tiene vigencia desde el 23 de Diciembre y su aplicación rige a partir del 01/01/2014.